La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI+, entró en vigor el 2 de marzo de 2023 e incluyó nuevas obligaciones para las empresas. Esta norma se aprobó con el objetivo de promover la igualdad de las personas LGTBI+.
En lo relativo al ámbito laboral, esta Ley recoge que las empresas que tengan más de 50 personas trabajadoras deberán contar con:
- Un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+.
- Un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI+.
El Protocolo LGTBI tendrá que incluir, medidas que garanticen la igualdad de dicho colectivo y acciones para prevenir, detectar y actuar ante un caso de acoso o violencia contra las personas trabajadoras.
¿Cómo te podemos ayudar desde DGE Bruxelles a cumplir con la normativa?
Desde DGE Bruxelles, nuestros consultores especializados se ofrecen a ayudarle a actualizar los protocolos ya obligatorios de prevención de acoso laboral, acoso sexual y acoso por razón de sexo, para que también incluyan la protección y medidas para fomentar la Igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI+.
A su vez, también nos ofrecemos a actualizar su Plan de Igualdad para las empresas con más de 50 trabajadores, que incluyan también las medidas de protección de las personas LGTBI+ dentro del protocolo.
Formación LGTBI+ en el ámbito laboral
Hoy en día, hablamos de una creciente necesidad de crear espacios seguros en los centros de trabajo donde la discriminación por orientación sexual, identidad de género y/o expresión de género no suponga un factor de riesgo sobre las condiciones de trabajo.
Una de las medidas más importantes para ayudar a implementar estos espacios seguros es mediante la formación a la plantilla sobre diversidad sexual. La formación es un mecanismo de prevención para evitar la discriminación o cualquier comportamiento que pueda resultar constitutivo de acoso por orientación sexual, identidad de género y/o expresión sexual.
Todas las empresas tienen la obligación de promover la formación de todo su personal, especialmente el personal directivo y mandos intermedios, en cuanto al respeto a los derechos de igualdad de trato y de oportunidades y no discriminación de las personas LGTBI+.