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AYUDAS PARA INVERSIONES DE PYMES INDUSTRIALES CONVOCATORIA 2024

  1. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana, mediante:

  1. A) La creación de un nuevo establecimiento industrial.
  2. B) La ampliación o mejora de un establecimiento existente.
  3. C) La diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento.

EL PRESUPUESTO MÍNIMO SUBVENCIONABLE DEL PROYECTO DE INVERSIÓN INDUSTRIAL SERÁ, A EXCEPCIÓN DE ALGÚN SECTOR  DE 20.000 EUROS, IVA EXCLUIDO

  1. REQUISITOS DE LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS

La entidad debe de ser un pyme industrial privada,  que  cumpla los  plazos legales de pago proveedores y que desarrollen o vayan a desarrollar en esta comunitat una actividad industrial productiva que esté vinculada directamente a los sectores:  AUTOMOCIÓN, SECTOR ESPACIAL Y DE LA AERONAÚTICA Y SECTOR SEMICONDUCTORES • BIOTECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, Y PRODUCCIÓN DE VIDEOJUEGOS, ANIMACIÓN Y DE REALIDAD AUMENTADA Y VIRTUAL • CERÁMICA, VIDRIO Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS • CUERO Y CALZADO • FABRICACIÓN DE ENVASES Y EMBALAJE • JUGUETE, ARTÍCULOS DE DEPORTE Y OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS • FABRICACIÓN DE MADERA, MUEBLES Y APARATOS DE ILUMINACIÓN • MÁRMOL, PIEDRA NATURAL Y ÁRIDOS • METAL-MECÁNICO • INDUSTRIA DEL PAPEL Y SECTOR DE LAS ÁRTES GRÁFICAS • PLÁSTICO • INDUSTRIA QUÍMICA • TEXTIL • VALORIZACIÓN DE MATERIALES

  1. TIPOS DE GASTOS SUBVENCIONABLES.

1) COSTES EXTERNOS DE ADQUISICIÓN de maquinaria, aparatos, equipos y otros ACTIVOS MATERIALES directamente vinculados a la producción y necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción.

2) Los COSTES DE MEJORAS de maquinaria y activos materiales cuando consistan en cambios de componentes esenciales y supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral.

3) COSTES EXTERNOS de adquisición, diseño a medida, implantación y puesta en funcionamiento de ACTIVOS INMATERIALES

4) Los costes imprescindibles para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, generados por la empresa solicitante.

5) Los costes externos de certificación u homologación o normalización de productos, o verificaciones de ensayos de seguridad.

6) COSTES DE INGENIERÍA INDUSTRIAL, y los costes de legalización e inscripción de nuevas instalaciones o activos adquiridos

7) GASTOS DE AUDITORÍA cuenta justificativa (máx. 600 euros, IVA excluido). No será subvencionable en el supuesto que la pyme beneficiaria esté obligada a auditar sus cuentas anuales.

  1. CONDICIONES

– No serán subvencionables los activos materiales sin el marcado CE o sin el número de serie o sin que se acompañe de la declaración de conformidad.

– No se aceptarán operaciones con entidades vinculadas.

-Las inversiones tienen que PONERSE EN MARCHA y PAGARSE entre 01-01- 2024 Y 04-11-2024

– Cuando el importe del contrato supere 14.999 EUROS IVA EXCLUIDO, la pyme beneficiaria deberá obtener al menos 3 ofertas de diferentes proveedores, previas a la contratación:

  1. IMPORTE DE LA AYUDA

IMPORTE DE LA AYUDA 30 % DEL TOTAL DE LOS COSTES SUBVENCIONABLES. En el caso de inversiones en municipios con riesgo de despoblación, la intensidad de la ayuda aumenta hasta el 40% del total de los gastos subvencionables.

6.PLAZO DE PRESENTACIÓN

Desde el 23/02/2024 a 20/03/24